Por favor, inscríbete en el curso .

Los Tratados

Temario de Legislación para Oposiciones | Auxiliar Administrativo (C2) y Administrativo (C1).

En esta lección se estudian los Tratados internacionales y su incorporación al ordenamiento jurídico español, regulados en el Título III de la Constitución Española de 1978, un contenido habitual en el temario de legislación para oposiciones.

Este tema es especialmente relevante para Auxiliar Administrativo y Administrativo, ya que en los exámenes tipo test aparecen con frecuencia preguntas sobre la jerarquía normativa de los tratados, los principios generales, los tratados de cesión de competencias y los tratados que requieren autorización previa de las Cortes Generales.

Se trata de un bloque clave para comprender la relación entre el Derecho internacional, la Constitución Española y el papel de las Cortes Generales en la política exterior del Estado.

La lección se trabaja de forma completa y orientada a examen mediante:

  • PDF descargable (2 páginas) con el contenido desarrollado.
  • Clase en vídeo (12 minutos) explicativa.
  • Preguntas tipo test para afianzar conceptos y practicar el formato de examen.

La clase en vídeo está impartida por Jacobo, funcionario A1 del Estado, con una metodología clara, directa y pensada específicamente para opositores.

Dentro del temario de legislación para oposiciones encontrarás también 🎁 lecciones gratuitas para conocer la metodología.


1. Marco legal

Los Tratados internacionales se regulan en la Constitución Española de 1978, dentro del Título III, Capítulo Tercero.

Los Tratados internacionales en la Constitución Española de 1978, Título III, legislación para oposiciones


2. Principios generales

Los Tratados internacionales, una vez incorporados al ordenamiento jurídico español, se sitúan por debajo de la Constitución Española.

La celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá:

  • La previa revisión constitucional.

Podrán solicitar al Tribunal Constitucional que declare si existe o no contradicción:

  • El Gobierno.
  • Cualquiera de las Cámaras.

Los tratados internacionales válidamente celebrados:

  • Forman parte del ordenamiento interno una vez publicados oficialmente en España.
  • Solo podrán ser derogados, modificados o suspendidos conforme a lo previsto en los propios tratados o según el Derecho internacional.

Para la denuncia de los tratados se utilizará el mismo procedimiento previsto para su aprobación.


3. Tratados de competencia

La celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución:

  • Requerirá autorización mediante ley orgánica.
  • Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, garantizar su cumplimiento.

Estos tratados implican una cesión de competencias y tienen un nivel de exigencia parlamentaria reforzado.


4. Tratados generales

La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios internacionales requerirá la previa autorización de las Cortes Generales en los siguientes casos:

  • Tratados de carácter político.
  • Tratados o convenios de carácter militar.
  • Tratados que afecten a la integridad territorial del Estado.
  • Tratados que afecten a los derechos y deberes fundamentales del Título I.
  • Tratados que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.
  • Tratados que supongan modificación o derogación de una ley o exijan medidas legislativas para su ejecución.

El Congreso de los Diputados y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados o convenios internacionales.


Metodología de estudio del tema

  • Lectura y comprensión del PDF descargable.
  • Visualización de la clase en vídeo.
  • Práctica con preguntas tipo test.

Este tema se refuerza con test sobre los Tratados tipo examen, fundamentales para memorizar artículos, jerarquía normativa y niveles de autorización parlamentaria:

Volver a: Temario de legislación para oposiciones > 4. Cortes Generales