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Principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española de 1978

Temario de Legislación para Oposiciones | Auxiliar Administrativo (C2) y Administrativo (C1)

En esta lección se estudian los principios rectores de la política social y económica recogidos en el
Capítulo Tercero del Título I de la Constitución Española de 1978, un bloque esencial del
temario de legislación para oposiciones.

Estos principios no constituyen derechos fundamentales directamente exigibles, pero deben orientar la legislación, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos, lo que los convierte en un contenido muy habitual en exámenes tipo test de oposiciones.

Este tema es especialmente relevante para Auxiliar Administrativo y Administrativo, ya que suele generar confusión frente a los derechos fundamentales, siendo frecuente que las preguntas distingan entre principios rectores y derechos subjetivos.

Este contenido forma parte del temario oficial de la Constitución Española para oposiciones y es habitual en pruebas de Auxiliar Administrativo y Administrativo tanto del Estado como de comunidades autónomas y ayuntamientos.

La lección se trabaja de forma completa y orientada a examen mediante:

  • PDF descargable (4 páginas) con el contenido desarrollado.
  • Clase en vídeo (26 minutos) donde se explican todos los artículos paso a paso.
  • Preguntas tipo test para afianzar conceptos y practicar el formato de examen.

La clase en vídeo está impartida por Jacobo, funcionario A1 del Estado, con una metodología clara, directa y específicamente pensada para opositores.

Puedes consultar el temario completo de legislación para oposiciones en:

Dentro del temario de legislación para oposiciones encontrarás también 🎁 lecciones gratuitas, lo que permite conocer la metodología antes de profundizar en el estudio.


1. Marco legal

Los principios rectores de la política social y económica se regulan en la
Constitución Española de 1978, dentro del Título I, Capítulo Tercero.


2. Principios rectores de la política social y económica

Los principios rectores informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la
actuación de los poderes públicos, conforme a lo dispuesto en el
artículo 53.3 de la Constitución Española.


Artículo 39. Protección de la familia

  • Protección social, económica y jurídica de la familia.
  • Protección integral de los hijos, iguales ante la ley con independencia de su filiación.
  • Protección integral de las madres, cualquiera que sea su estado civil.
  • La ley posibilitará la investigación de la paternidad.
  • Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos durante su minoría de edad y en los demás casos legalmente previstos.
  • Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Artículo 40. Progreso social y económico

  • Promoción del progreso social y económico.
  • Distribución de la renta regional y personal más equitativa.
  • Política orientada al pleno empleo.
  • Fomento de la formación y readaptación profesional.
  • Vigilancia de la seguridad e higiene en el trabajo.
  • Garantía del descanso necesario:
    • Limitación de la jornada laboral.
    • Vacaciones periódicas retribuidas.
    • Promoción de centros adecuados.

Artículo 41. Seguridad Social

  • Mantenimiento de un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos.
  • Garantía de asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.
  • Especial protección en caso de desempleo.
  • Las prestaciones complementarias serán libres.

Artículo 42. Derechos de los trabajadores españoles en el extranjero

  • Salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero.
  • Orientación de la política estatal hacia su retorno.

Artículo 43. Protección de la salud

  • Reconocimiento del derecho a la protección de la salud.
  • Organización y tutela de la salud pública mediante:
    • Medidas preventivas.
    • Prestaciones y servicios necesarios.
  • Fomento de la educación sanitaria, la educación física, el deporte y el uso adecuado del ocio.
  • La ley establecerá los derechos y deberes de todos en esta materia.

Artículo 44. Cultura e investigación

  • Promoción del acceso a la cultura.
  • Fomento de la ciencia.
  • Impulso de la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

Artículo 45. Medio ambiente

  • Derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado.
  • Deber de conservarlo.
  • Utilización racional de los recursos naturales.
  • Protección y mejora de la calidad de vida.
  • Defensa y restauración del medio ambiente.
  • Imposición de sanciones penales o administrativas y obligación de reparar el daño causado.

Artículo 46. Patrimonio histórico, cultural y artístico

  • Conservación y enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico.
  • Protección de los bienes que lo integran, con independencia de su titularidad.
  • Sanción penal de los atentados contra este patrimonio.

Artículo 47. Vivienda

  • Derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.
  • Regulación del uso del suelo conforme al interés general.
  • Prevención de la especulación.
  • Participación de la comunidad en las plusvalías urbanísticas.

Artículo 48. Juventud

  • Promoción de la participación libre y eficaz de la juventud.
  • Participación en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Artículo 49. Personas con discapacidad

  • Ejercicio de los derechos en condiciones reales y efectivas de libertad e igualdad.
  • Protección especial regulada por ley.
  • Impulso de políticas de accesibilidad universal.
  • Fomento de la autonomía personal e inclusión social.
  • Atención especial a mujeres y menores con discapacidad.

Artículo 50. Personas mayores

  • Garantía de suficiencia económica durante la tercera edad.
  • Pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas.
  • Promoción del bienestar mediante servicios sociales en materia de salud, vivienda, cultura y ocio.

Artículo 51. Consumidores y usuarios

  • Protección de la seguridad, la salud y los intereses económicos.
  • Promoción de la información y educación de consumidores y usuarios.
  • Fomento de sus organizaciones y audiencia en los asuntos que les afecten.
  • Regulación del comercio interior y de la autorización de productos comerciales.

Artículo 52. Organizaciones profesionales

  • Regulación legal de las organizaciones profesionales.
  • Defensa de intereses económicos propios.
  • Estructura interna y funcionamiento democráticos.

Metodología de estudio del tema

  • Lectura y comprensión del PDF descargable.
  • Visualización de la clase en vídeo explicativa.
  • Práctica con preguntas tipo test.

Este tema se refuerza con test de la Constitución Española tipo examen, ideales para distinguir entre
derechos fundamentales y principios rectores:

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